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Obligaciones fiscales ante el SAT y consejos como arrendador de inmuebles

Toda inversión implica responsabilidades y, en el caso de los bienes inmuebles, no es una excepción cuando se trata de rentar propiedades. En este artículo, derivado de la platica que tuvimos con Guille Goal, contadora especialista en temas del SAT, exploraremos las implicaciones fiscales de esta actividad y cómo puedes familiarizarte con el SAT (Servicio de Administración Tributaria) para evitar problemas en el futuro. Como propietario, es importante que comprendas en qué consiste el proceso de renta y las obligaciones ante el SAT.

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Pierde el miedo al SAT y ahorrarte problemas futuros: Tips y consejos

Darse de alta ante el SAT y declarar las rentas es un paso fundamental para cualquier propietario que desee vivir de sus rentas. El Impuesto Sobre la Renta (ISR) es el impuesto que se debe pagar sobre los ingresos generados, independientemente de si se trata de rentas de $5,000 pesos o de cualquier otra cantidad. Aunque el inquilino no solicite una factura y el dinero se transfiera a tu cuenta con un concepto diferente, ante el SAT es necesario pagar impuestos.

Existen diferentes formas de pagar impuestos, y aunque tradicionalmente se ha pensado que son costosos, cada vez hay más opciones amigables y beneficios otorgados por el SAT a partir de 2022. Uno de los regímenes fiscales es el régimen de arrendamiento tradicional, el cual es más amigable. En este régimen, el SAT cobra impuestos sobre las utilidades generadas por las rentas. Por ejemplo, si recibes $10,000 pesos de renta, el SAT gravará los impuestos sobre esa cantidad, ya que se trata de un ingreso pasivo y los gastos asociados a la renta son mínimos. En este caso, si tus utilidades son generalmente altas, el SAT ha implementado un beneficio llamado deducción ciega o sin comprobantes, mediante el cual te descontarán aproximadamente el 35% de impuestos. Siguiendo el ejemplo anterior, pagarías impuestos sobre $6,500 pesos en lugar del monto total de utilidades.

El segundo régimen es el régimen de confianza, creado a partir de 2022, en el cual se paga entre el 1% y el 2% de impuestos, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos, como que tus ingresos totales no superen los 3.5 millones de pesos, no ser socio de ninguna empresa y no recibir pagos por asimilados. Además, existen otras restricciones y cláusulas que un contador especializado puede explicar más detalladamente.

 

Beneficios de estar al corriente con el SAT

Registrarse en el SAT es altamente recomendable, ya que existen limitaciones significativas si no se está al día con los impuestos, independientemente de si se reciben pagos en efectivo o no. En este sentido, es importante acercarse a un asesor contable para establecer una estrategia sólida que permita pagar la menor cantidad de impuestos posible. Entre los beneficios de mantenerse al corriente con el SAT se encuentra el acceso a liquidez a través de instituciones financieras que permiten impulsar el crecimiento de tu patrimonio o negocio. Por ejemplo, en Arrenda ofrecemos la posibilidad de obtener liquidez al adelantar hasta 12 meses del pago de las rentas de tu inquilino en un solo pago.

 

Impuestos relacionados con la renta de propiedades

Es importante tener en cuenta que existen diferentes impuestos según el tipo de propiedad que se está rentando. Por ejemplo, el Impuesto al Valor Agregado (IVA) aplica a bodegas, locales, oficinas y propiedades amuebladas, con una tasa del 16%. Sin embargo, en el caso de viviendas como casas o departamentos sin amueblar, no se aplica el IVA, ya que se considera un beneficio fiscal y el SAT no te cobrará este impuesto como arrendador. Es crucial tener en cuenta estos aspectos y presupuestarlos adecuadamente en el precio de la renta.

 

Obligaciones fiscales en la renta de propiedades

Una vez que te has dado de alta en el SAT y sabes qué impuestos debes pagar, es importante cumplir con tus obligaciones fiscales. Emitir una factura es una obligación clave, ya que, en caso de una demanda, es fundamental demostrar que has pagado los impuestos correspondientes según tu régimen de arrendamiento. Guilla recomienda incluir el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) del inquilino en el contrato de renta, independientemente de si el inquilino desea o no una factura. Existe la opción de emitir una factura "sin efectos fiscales", la cual no afecta al inquilino ni a ti como arrendador, pero te respalda como comprobante fiscal.

En resumen, al rentar una propiedad es esencial comprender las implicaciones fiscales que conlleva esta actividad. Darse de alta en el SAT, conocer los regímenes fiscales disponibles y cumplir con las obligaciones fiscales adecuadas te permitirá evitar problemas futuros y aprovechar los beneficios de estar al corriente ante el SAT. No dudes en buscar asesoramiento contable y legal para diseñar una estrategia que te permita minimizar la carga fiscal y maximizar los beneficios de tus inversiones inmobiliarias. Recuerda que estar informado te brindará tranquilidad y te ayudará a tomar decisiones acertadas en el sector del arrendamiento de propiedades.